El límite establecido para poder construir cerca del suelo rústico estaba establecido en 200 metros, límite que con la modificación puntual se finalmente se dejará en 25 metros. El objetivo de este cambio es la ampliación del suelo urbanizable para el posible crecimiento de la población en el futuro. Además, esta limitación se realiza para evitar la construcción de elementos propios de urbanismo en terreno no adaptado para ello. Esta modificación puntual se ha realizado una vez alcanzados los doce años establecidos como horizonte temporal para modificar el POM.
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